Administración


La Congregación, las Provincias, las Delegaciones y las Casas, como personas jurídicas que son, tienen capacidad de adquirir, poseer, administrar y enajenar bienes temporales.

Nuestros bienes ordinariamente proceden del trabajo de las Hermanas y son empleados en el mantenimiento, formación integral de las Hermanas y en las actividades apostólicas de la Congregación.

En cada Equipo de Gobierno (Consejo General, Provincial o de Delegación) y en cada comunidad, hay una Hermana que asume el Servicio de Administración.

Estas Hermanas, bajo la autoridad de la correspondiente Hermana Superiora y la supervisión de su Consejo, administran los bienes de la Congregación, la Provincia o la Comunidad con sentido evangélico de justicia, sencillez, claridad, transparencia y solidaridad, poniéndolos en función de la vida y misión de la Congregación y de la Iglesia Universal.

Siguen los criterios de la Doctrina Social de la Iglesia y cumplen en su trabajo las normas administrativas contenidas en el Derecho Canónico Universal, en el Derecho Propio de la Congregación y en la legislación de cada país.

Cada una a su nivel, prepara los presupuestos ordinarios de cada ejercicio y también los extraordinarios, lleva la contabilidad, mantiene actualizado el inventario de bienes y rinde cuentas informando del uso y destino de los bienes.

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